Podrán ser conciliadores las personas naturales que reúnan los siguientes requisitos:
1. Estar en pleno ejercicio de sus derechos civiles.
2. Ser mayor de 25 años.
3. Poseer título universitario.
4. Haber aprobado el curso de Conciliación que imparte el CCA.
La solicitud realizada para integrar la lista de Conciliadores del Centro deberá presentarse a la Dirección del CCA, por escrito, acompañada de:
a) Hoja de vida.
b) Fotocopia de la Tarjeta de Identidad o Carné de Residencia.
c) Copia del diploma que acredite haber aprobado el curso de Conciliación que imparte el Centro.
d) Copia autenticada por Notario del título extendido por una institución universitaria.
e) Constancia extendida por el Tribunal de Honor u órgano competente del Colegio al
que esté afiliado que acredite no haber sido sancionado por falta a la conducta o a la moral.
f) Presentar la solicitud en el formato establecido por el Centro.
g) Presentar una declaración jurada en la cual se exprese el conocimiento y sometimiento a las reglas establecidas por el CCA.
h) Fotocopia del carné que acredita ser miembro del Colegio profesional.
i) Constancia de solvencia del colegio al que pertenecen.
j) Contar con cinco (5) años de ejercicio en su profesión, en caso de ser abogado presentar constancia de los tribunales.
k) Tres (3) referencias personales.
PERFIL PARA INTEGRAR LA LISTA DE CONCILIADORES. Para actuar como conciliador del centro de la Cámara, se deben llenar las siguientes características y reunir los requisitos siguientes:
a) Tener un claro sentido de la justicia.
b) Creer en la conciliación como medio para resolver los conflictos de forma pacífica.
c) Poseer una conciencia y sensibilidad amplias, acordes con la función humanística que realiza.
d) Tener la capacidad de revisar y actualizar permanentemente su paradigma personal, para adecuar las actitudes, posiciones y creencias a favor de la conciliación.
e) Ser un agente de cambio cultural, que coadyuve en el tránsito de la cultura del litigio, a la cultura de la convivencia pacífica.
f) Tener la capacidad de dar sentido real y práctico a los valores cívicos que caracterizan la democracia y el pluralismo: la solidaridad, el diálogo, el respeto, las libertades individuales y el bien común.
g) Conocer previamente los principios éticos que rigen para el centro, tener las actitudes que faciliten su práctica y acatar los reglamentos.
h) Estar capacitado, de conformidad con las exigencias del centro, en el manejo de las técnicas de la conciliación.
i) Haber asistido y aprobado el curso de capacitación que sobre la materia exija el centro.
j) Llenar los demás requisitos que la ley, este reglamento o la comisión le exijan.